Juan de Puno, nos consulta si correcto resolver el contrato de un trabajador que registra más de tres (03) inasistencias injustificadas y consecutivas.
En primer orden debemos identificar si el trabajador(a) se encuentra dentro del periodo de prueba, en cuyo caso no será necesario iniciar un proceso de despido (sector privado) o procesos disciplinario (sector púbico), siendo posible extinguir la relación laboral sin justificación alguna, no generándose ningún derecho de reposición o indemnización.
Si el trabajador no se encuentra en el periodo de prueba, independientemente de si se trate de un contrato a plazo indeterminado o sujeto a un plazo de duración las únicas formas de extinguir la relación laboral están determinadas en forma expresa en la ley, en el caso de tratarse de una causal relacionada a la conducta del trabajador(a) el término de la relación laboral se producirá previo inicio de un proceso de despido o procedimiento administrativo disciplinario, según el régimen laboral al que se encuentre sujeto el trabajador.
Finalmente resulta preciso señalar que en el caso materia de consulta a pesar de que existan suficientes pruebas que acrediten la comisión de la falta disciplinaria del trabajador, este no puede ser privado de su derecho a defenderse.
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