miércoles, 7 de febrero de 2018

¿EN QUÉ MOMENTO NACE EL DERECHO DE DEFENSA EN UN PAD?


Hace algunos días uno de nuestros seguidores de la ciudad de Huancayo me expresaba su preocupación y malestar, por cuanto le habían iniciado un Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), sin haberle trasladado previamente la denuncia formulada en su contra.
Según me refería el referido servidor consideraba que se había afectado su derecho a la defensa, y por tanto ese inicio de PAD resultaba irrregular.
Esto hace necesario que dedique algunas líneas a desarrollar en qué momento corresponde ejercer el derecho a la defensa en un PAD?.
En primer orden debemos señalar que el derecho de defensa a través del descargo, cobra sentido cuando existe una imputación (atribución de presunta falta); sin embargo, la acusación de cualquier persona no habilitará el derecho a la defensa, ello en virtud a que en el marco del PAD, el unico legitimado para imputar la comison de faltas es el empleador a través del inicio del PAD, y no un tercero.
De este modo antes del inicio del PAD, no tendría sentido otorgar el derecho a la defensa, ni hablar de una vulneración de este derecho por cuanto no existe una imputación, mas aun si la etapa de precalificacion e investigación previa a cargo del Secretario Técnico, no forma parte del PAD.
Finalmente no existirá obligación de la entidad de trasladar la denuncia o reporte de falta al servidor antes del inicio del PAD, siendo incluso no recomendable en algunos casos.


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