lunes, 27 de abril de 2015

DIAGNÓSTICO DE LOS REGÍMENES LABORALES EN EL PERÚ.



El Estado es sin duda alguna el mayor empleador del país. En la actualidad existen quince (15) regímenes laborales en las diversas entidades públicas, entre generales y especiales, esta atomización de regímenes ha traído consigo una diversidad de deberes y derechos, generando en muchos casos diferencias abismales, y por qué no decirlo hasta irracionales, en la distribución de los deberes y especialmente en los derechos (compensaciones, vacaciones, aguinaldos o gratificaciones).

Esta situación ha llegado al extremo de que aun cuando los servidores de una misma entidad tengan encomendadas similares –inclusive las mismas-  funciones y responsabilidades, dos servidores perciban remuneraciones distintas, o aguinaldos distintos; toda vez que mientras los servidores sujetos al régimen laboral público, regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 y los contratados bajo el régimen laboral especial CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, perciben un monto fijo de S/. 300.00 Nuevos Soles, en julio y diciembre respectivamente, un servidor sujeto al régimen laboral privado, regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, percibirá un sueldo adicional en cada oportunidad, desigualdad que nos parece irracional y cuestionable, más aun si se trata de trabajadores en igualdad de condiciones, que prestan servicios para un mismo empleador que es el Estado.

Otra consideración está referida a los regímenes laborales disciplinarios aplicable a cada grupo de trabajadores, los cuales como es de suponerse tienen sus propias particularidades, mientras que en el caso de los trabajadores sujetos al Decreto Legislativo Nº 276, se preveía por muchos años la competencia de Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios, quienes actuaban como órgano instructor, siendo que en el caso de los servidores CAS, no se contaba con un régimen disciplinario y/o procedimiento disciplinario propio, ello en mérito a que este último régimen laboral especial, demoró es ser reconocida su naturaleza laboral, pasando por una suerte de metamorfosis para llegar a ser el CAS que hoy conocemos.

De otra parte para los servidores contratados bajo el Régimen Laboral Privado, regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, el procedimiento imputación de una falta disciplinaria y consiguiente sanción es de carácter sumario, mucho más rápido en comparación a las interminables actuaciones de las letárgicas Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios.

Ello sin contar con la todavía sobreviviente contratación de personas en la modalidad de servicios no personales (SNP), recuérdese que la Comisión Multisectorial encargada de investigar la problemática del empleo público, en el año 2004, detecto que más de 62, 0000 trabajadores de las entidades públicas estaban prestando servicios en la referida modalidad, cifras que si bien han reducido con la creación del régimen CAS, no ha significado su completa desaparición.

Según el Informe emitido por la propia Autoridad Nacional del Servicio Civil –SERVIR, “existen más de 500 normas sobre el servicio civil, más de 102 escalas remunerativas en 82 entidades del Poder Ejecutivo, más de 400 reglas diferentes que regulan el pago a los servidores públicos y más de 198 conceptos de pago, entre remunerativos y no remunerativos. El Estado peruano emplea alrededor de 1 millón 300 mil servidores públicos y, en promedio, 42 mil personas ingresan a trabajar al Estado cada año a pesar de las normas de austeridad y sin una previsión de las necesidades de personal que responda a una política del Estado articulada con los planes nacionales o sectoriales.[1]

Qué duda cabe que estas distinciones entre los servidores del Estado, no se basaron en fundamentos objetivos ni razonables, sino únicamente en mérito a la discrecionalidad, lo cual deja entrever el trato discriminatorio del propio Estado en su rol de empleador hacia sus trabajadores, contrariando su esencia constitucional y democrática.

A continuación presentamos el siguiente gráfico, con el detalle de los regímenes laborales existente en el Perú, ello a fin de poder comprender la magnitud del problema del empleo público en nuestro país.


REGÍMENES LABORALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL PERÚ[2]

Servicio Civil








[1] El Servicio Civil Peruano. Antecedentes, Marco Normativo Actual, y Desafíos de la Reforma. Mayo 2012, elaborado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil –SERVIR, disponible en  http://files.servir.gob.pe/WWW/files/biblioteca/SERVIR%20-20EI%servicio%20civil%20 peruano.PDF (28-08-2013)
[2] Fuente: Elaboración: SERVIR-GPGRH. Ibid., pp. 19.